Financiamiento ANR

La Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional acompaña a las PyMES de alimentos y bebidas en agregar valor y mejorar sus procesos productivos e industriales mediante Aportes No Reembolsables (ANR) bajo 2 modalidades.

Herramientas de Agregado de Valor Seguridad Alimentaria Valoremos los Alimentos Marco Regulatorio Capacitación y Asistencia Técnica Difusión y Publicaciones Reintegros de Exportación

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Desarrollar

Programa Nacional de Promoción de Agregado de Valor para el Desarrollo regional

CONVOCATORIA CERRADA

El Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca, a través de su Secretaría de Alimentos, Bioeconomía y Desarrollo Regional puso en marcha el Programa Nacional de Promoción de Agregado de Valor para el Desarrollo Regional "DesarrollAR", dirigido a las micro, pequeñas y medianas empresas productoras y/o elaboradoras de alimentos y/o bebidas.

El objetivo de este programa es potenciar las oportunidades de las pymes para agregar valor y mejorar sus procesos productivos e industriales.

El Programa prioriza el agregado de valor, la mejora en los procesos productivos orientada a aumentar la oferta exportable, la incorporación de nuevas tecnologías a todas la pequeñas y medianas empresas elaboradoras de alimentos que requieran hacer inversiones en bienes o en transformaciones digitales. Y para aquellas empresas que deseen implementar mejoras que impliquen acceder a una Certificación Oficial de Calidad, podrá corresponder un monto mayor de reintegro.

La Autoridad de Aplicación tramitará las solicitudes de acuerdo con el día de presentación y en el orden que en que vayan quedando en condiciones de ser inscriptas en el Registro de Beneficiarias.

Para evaluar los proyectos se considerará, además de lo que se consigne en el Formulario de Registro, el impacto económico, tecnológico y social de los logros previstos. Y también la solvencia técnica existente para mantener, mejorar y/o aumentar la producción o elaboración encaradas.

“DESARROLLAR” brinda a las beneficiarias una asistencia económica, consistente en:

1. Reintegro equivalente como máximo hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total de la inversión realizada, y con un límite de hasta PESOS UN MILLÓN DOSCIENTOS MIL ($ 1.200.000), en mejoras en infraestructura, obras menores, adquisición de instalaciones y maquinaria para modernizar la línea de producción, insumos necesarios para modernización de procesos productivos y/o adquisición o adopción de tecnologías digitales para modernizar procesos y/o sistemas industriales y comerciales, así como el control de los mismos.

2. Cuando en el caso del punto anterior, la inversión prevista en el Proyecto guarde además relación directa con la implementación necesaria para lograr la certificación relativa al Certificado Oficial que le resulte aplicable, se podrá solicitar un reintegro adicional de hasta PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000), incluidas las mejoras necesarias para su obtención, así como los gastos de certificación y/o auditoría relativa al Certificado Oficial respectivo, una vez obtenido y siempre que ello se hubiera consignado y solicitado en el formulario previsto en el Anexo I. de la presente, como requisito excluyente. En tal caso el límite máximo del reintegro contemplando ambas situaciones será el equivalente de hasta el CINCUENTA POR CIENTO (50%) del monto total de la inversión realizada, y con un límite de hasta PESOS UN MILLÓN QUINIENTOS MIL ($ 1.500.000).

Las empresas solicitantes deben cumplir con lo dispuesto en el “Formulario de Registro” Anexo I de la Resolución que crea el Programa, y toda la información presentada tendrá carácter de Declaración Jurada.

Mayor información y consultas en:
desarrollar@magyp.gob.ar

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