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Codex

Procedimiento para la elaboración de Normas Codex

Trámites 1, 2 y 3:
Frente a la decisión de elaborar una Norma Mundial del Codex la Secretaría elabora un Anteproyecto de Norma, que se envía a los países Miembros y a los ONG interesados para que formulen sus observaciones

Trámite 4:
La Secretaría envía las observaciones recibidas al Comité correspondiente para examinarlas y enmendar el Anteproyecto de Norma

Trámites 5:
La Secretaría somete a la Comisión o al Comité Ejecutivo el Anteproyecto de Norma, para su adopción como Proyecto de Norma

Trámite 6:
La Secretaría envía el Proyecto de Norma a los países Miembros y a los ONG interesados para que formulen sus observaciones

Trámites 7:
La Secretaría envía las observaciones recibidas al Comité correspondiente para examinarlas y enmendar el Proyecto de Norma

Trámite 8:
La Secretaría somete a consideración de la Comisión el Proyecto de Norma y las observaciones recibidas para su enmienda con miras a su adopción como Norma del Codex.

Formato de las Normas del Codex para productos

El Manual de procedimiento de la Comisión del Codex Alimentarius establece éste formato para que sirva de guía a los órganos auxiliares de la Comisión cuando presenten sus normas, con el objeto de lograr en la medida de lo posible una presentación uniforme de las normas sobre productos. En el formato se indican también las declaraciones que deben figurar en las normas, según corresponde, bajo los epígrafes pertinentes.

Las secciones del formato deberán completarse en una norma solamente en la medida en que tales disposiciones sean apropiadas para la norma internacional y el alimento de que se trate.

-Nombre de la norma: Será claro y lo más conciso posible. Consistirá en el nombre común por el que se conoce al alimento a que se refiere la norma, si se trata de más de un alimento será un nombre genérico que los comprenda.

-Ámbito de aplicación: Deberá contener una declaración clara y concisa de el/los alimentos a los que se aplique la norma.

-Descripción: Deberá contener la definición del producto/s con una indicación de las materias primas de las cuales deriva y las referencias necesarias a los procesos de fabricación.

-Composición esencial y factores de calidad: Deberá contener todos los requisitos cuantitativos y de otra índole, referentes a su composición y cuando sea pertinente las características de identidad, disposiciones sobre líquidos de cobertura y los requisitos a los ingredientes obligatorios y facultativos. También podrán incluir factores de calidad que sean esenciales para la denominación, definición o composición del producto en cuestión.

-Aditivos alimentarios: Deberá contener los nombres de los aditivos permitidos, y cuando sea pertinente la dosis máxima de uso permitida en un alimento.

-Higiene: Deberán incluirse todas las disposiciones especificas de higiene obligatorias que se consideren necesarias.

-Pesos y medidas: Deberán incluirse todas las disposiciones no relativas al etiquetado referentes a pesos y medidas.

-Etiquetado: Deberá contener todas las disposiciones relativas al etiquetado.

-Métodos de análisis y muestreo: Deberá contener todos los métodos de análisis y muestreo que se consideren necesarios.